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QUE
PASA EN EL RESTO DEL MUNDO
Fundamentos y ciudades del resto del pais y el mundo que pusieron
legislacion restrictiva al habito de fumar
El
proyecto de Ordenanza presentado en General Rodriguez y que se mantiene
en estudio desde hace ocho meses, en sus fundamentos recuerda que:
"la exposición al humo del tabaco ha sido declarada
en el año 2002 como carcinógenica en humanos por la
Agencia Internacional de Investigaciones sobre Cáncer de
la Organizacion Mundial de la Salud.
Que
la Organización Panamericana de la Salud, en el informe titulado
“La salud en las Américas”, especifica que “….la
prohibición de fumar en el interior de espacios cerrados
debe ser total para proteger la salud de los no fumadores de manera
efectiva, que las restricciones parciales como la existencia de
áreas de fumadores y no fumadores, incluso cuando tienen
sistemas de ventilación, no son suficientes. La prohibición
de fumar en espacios cerrados reduce además la prevalencia
y el consumo de tabaco de los que siguen fumando”.
Que
el efecto del cigarrillo no se dirige solamente hacia el fumador,
sino también a quienes están a su alrededor; y que,
por lo tanto, existe una razón importante para establecer
entornos libres de humo de tabaco en todos los sectores que sea
posible en protección de la salud de las personas.
Que
se debe respetar el derecho de los no fumadores a respirar aire
sin la contaminación ambiental que produce el tabaco, especialmente
en espacios cerrados.
Que
una norma que preserve los espacios cerrados del humo de tabaco
se orienta a proteger la salud, tanto de los que no fuman como de
los que sí lo hacen.
El
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION a traves de su PROGRAMA NACIONAL
DE CONTROL DE TABACO, en referencia a sus recomendaciones sobre
Ambientes libres de humo, recomienda:
Los entornos libres de humo de tabaco se consideran el enfoque más
económico y de mayor efecto en la lucha contra el tabaquismo,
ya que:
Reducen
el consumo de tabaco entre los fumadores en aproximadamente 29%.
Retardan
el inicio de la adicción.
Protegen la salud de los no fumadores.
Reducen costos en salud.
Modifican
la conducta social y disminuyen la aceptación social del
consumo de tabaco.
Mejoran
la productividad al reducir el ausentismo por enfermedades relacionadas
con el tabaco.
Y
establece como objetivo general:
Proteger a las personas de la exposición involuntaria al
humo de tabaco ambiental y promover los ambientes libres de humo
con los siguientes objetivos específicos:
•
Promover el desarrollo de ambientes libres de humo de tabaco en
las instituciones públicas y privadas de nuestro país,
en los hogares, medios de transporte y espacios de uso colectivo.
•Establecer
normas que prohíban fumar en los ambientes laborales y en
los ambientes públicos cerrados.
Se
tomaron como antecedentes para confeccionar el proyecto de ordenanza
local, la
Ley
de Provincia Buenos Aires 13.894 y su Decreto Reglamentario 1.626/09,
que permite que se dicten normas mas estrictas.
La
Ordenanza Ciudad de General Rodríguez sobre Prohibición
de Fumar, promulgada en 1986 pero que, nunca se cumplio.
Y,
las ordenanzas de algunas de las ciudades “Libres de Humo”
de la Provincia de Buenos Aires como:
Pilar, San Isidro, San Fernando, Quilmes, Berisso, Tres de Febrero,
Berazategui, Ezeiza, Junin, Bolivar, Azul, Bahía Blanca,
Balcarce, Coronel Dorrego, Olavaria, Tres Arroyos, Necochea, Villarino,
Saavedra, Gonzalez Chavez, Tandil, Coronel Pringles, Monte Hermoso,
Puan, Cnel. Suárez, Coronel Rosales, Alberti y en el mes
de abril del corriente año la sancionada en Mar del Plata
En
el interior del pais las siguientes ciudades entre otras: Posadas,
Salta, Santa Fe, San Juan, Rosario, Mendoza, San Luis, Corrientes,
San Salvador de Jujuy, San Miguel de Tucuman, Santa Rosa, Resistencia,
Comodoro Rivadavia, General Roca, Carlos Paz, Río Grande,
Bariloche, Cipolleti, Esquel, Ushuaia, Venado Tuerto, Rio Cuarto,
Villa Maria, Gualeguaychu, Puerto Madryn, Trelew, Rawson, Rincon
de los Sauces, Zapala, Cutral Co, Junin de los Andes, Eduardo Castex,
General Pico, Rio Gallegos, Curuzu Cuatia, San Martin de los Andes,
Villa La Angostura, Rosario de la Frontera, Chos Malal, Obera.
Normativas
mas estrictas son aplicadas por numerosos países desarrollados
como Alemania, Francia, Portugal, Inglaterra, España, Suiza,
Suecia, Noruega, Canada, Dinamarca, Holanda, Corea y algunos lugares
de EE. UU., donde en general hay normas prohibiendo el consumo de
tabaco en lugares cerrados pero que no llegan a ser tan estrictos
como en Nueva York donde se acaba de extender la prohibicion de
fumar hasta en las plazas y parques de la ciudad o como en Japon
que ya rige la prohibicion de fumar, no solo en lugares publicos,
sino incluso en publico y donde tirar una colilla a la via publica
es castigado con una multa de 20.000 yenes y que en Tenerife, España,
puede alcanzar los 3.000 euros.
Antes
de culminar el año 2010 la legislatura porteña endureció
su ley antitabaco aprobando, por amplia mayoría, una reforma
que eliminó la posibilidad de contar con sectores especiales
para fumadores en aquellos lugares donde hasta el momento estaba
permitido. Con la medida, ya no se podrá fumar en ningún
lugar cerrado de acceso público, incluidos los bingos. De
esta manera, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se sumará
a las grandes urbes latinoamericanas "libres de humo",
como Río de Janeiro, Asuncion, Lima y distritos aledaños,
San Pablo, Santiago de Chile, Bogotá y el Distrito Federal
de México.
Diario
Accion, 15 de mayo de 2011
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